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Employment-based
Family-based

"TARJETAS VERDES" PARA RESIDENTES BASADAS EN EL EMPLEO

 

La residencia permanente en los EE. UU. (comúnmente conocida como "tarjeta verde") se puede obtener a través de una variedad de opciones de inmigración basadas en el empleo (EB), generalmente con el patrocinio de un empleador estadounidense. El empleador debe tener la intención de contratar al extranjero a largo plazo para un puesto que no se considere temporal. En algunas categorías de EB, el empleador debe obtener aprobación o lo que se conoce como Certificación Laboral Permanente a través del Departamento de Trabajo de EE. UU. En categorías EB limitadas, el ciudadano extranjero puede autopatrocinarse.

 

Dependiendo de la categoría aplicable, puede haber hasta tres etapas en el proceso de solicitud: (1) la Certificación Laboral Permanente, (2) la presentación de la petición de inmigrante por parte del empleador y (3) el ajuste de estatus a permanente. residencia o para el trámite consular de la visa de inmigrante.


 
🔷     EB-1 Primera Preferencia - Habilidad Extraordinaria
           
Para solicitantes de habilidades extraordinarias en ciencias, artes, educación, negocios o atletismo. También está reservado a ejecutivos y directivos de multinacionales. No se requiere Certificación Laboral Permanente.
 
🔷     EB-2 Segunda Preferencia - Título Profesional Avanzado
 
Para personas que sean miembros de profesiones con títulos avanzados o personas con habilidades excepcionales en las artes, las ciencias o los negocios. Se requiere una Certificación Laboral Permanente del Departamento de Trabajo de EE. UU., a menos que el solicitante pueda obtener una exención de interés nacional.
 
🔷     EB-3 Tercera preferencia: profesional/calificado
 
Para profesionales, trabajadores calificados y algunas otras categorías de trabajadores. Se requiere una certificación laboral permanente del Departamento de Trabajo de EE. UU.
 
🔷     EB-4 Cuarta Preferencia - Casos especiales
 
Para trabajadores religiosos, empleados de puestos del servicio exterior de los EE. UU., empleados jubilados de organizaciones internacionales, extranjeros menores de edad bajo tutela de los tribunales de los EE. UU. y algunas otras clases de extranjeros. No se requiere Certificación Laboral Permanente.
 
🔷      EB-5 Quinta preferencia - Inversores
 Para inversores empresariales que invierten 1 millón de dólares o 500.000 dólares estadounidenses (para inversiones realizadas en un área de empleo específica/desatendida) en una nueva empresa comercial. Esta empresa debe emplear al menos 10 trabajadores estadounidenses a tiempo completo. No se requiere Certificación Laboral Permanente.

 

 

"TARJETAS VERDES" PARA RESIDENTES FAMILIARES

Las peticiones de inmigrantes basadas en la familia las presentan ciudadanos estadounidenses o residentes permanentes. El término "pariente inmediato" se aplica a parientes limitados de ciudadanos estadounidenses, incluidos cónyuges, padres e hijos. Se aplican reglas especiales para los cónyuges de ciudadanos estadounidenses, si el matrimonio tiene menos de dos años de duración. El término "pariente preferencial" se aplica a otros familiares determinados de ciudadanos estadounidenses y residentes permanentes. Los parientes preferenciales incluyen: hijos y/o hijas (mayores de 21 años) casados y solteros de ciudadanos estadounidenses; hermanos y/o hermanas de ciudadanos estadounidenses. También se incluyen como parientes preferenciales: cónyuges, hijos menores de edad e hijos y/o hijas solteros (mayores de 21 años) de residentes permanentes de Estados Unidos. Los familiares preferenciales no pueden obtener la residencia permanente hasta que sus fechas de prioridad estén actualizadas.

 

Los familiares inmediatos no enfrentan tiempos de espera para la disponibilidad de visas. Los familiares inmediatos en los Estados Unidos pueden calificar para presentar el Formulario I-485 para ajustar el estatus. Los familiares preferenciales a menudo enfrentan tiempos de espera muy largos, debido a los estrictos límites anuales a los beneficios de inmigración permanente. La duración de la espera depende de qué categoría de preferencia familiar es apropiada, así como del país de origen.

       Requisitos

  • El pariente patrocinador debe presentar una petición (Formulario I-130) en nombre del pariente extranjero calificado. Si el familiar se encuentra fuera de los EE. UU., el caso de visa de inmigrante procederá mediante procesamiento consular.

  • Los familiares inmediatos requieren una presentación I-130 para cada miembro de la familia apadrinado.

  • Se debe proporcionar documentación suficiente de la relación familiar calificada.

  • Los casos familiares generalmente requieren una Declaración jurada de manutención (I-864) y una Declaración de autosuficiencia (I-944).

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